MÁS VENTAJAS FISCALES EN TUS DONACIONES
Lourdes Valls. Project Manager en IMANcorp FOUNDATION.
La sostenibilidad a largo plazo siempre ha sido y será la gran preocupación del tercer sector. Independientemente de la función social desempeñada, del tamaño, de la notoriedad, conseguir fondos siempre es el gran reto de las fundaciones.
El tercer sector, llevaba años luchando por mejorar los estímulos fiscales de la ley de mecenazgo, que llevaba vigente más de 20 años, con la finalidad de motivar la donación y adaptarla a la nueva realidad. Por fin, el pasado mes de diciembre y gracias al esfuerzo titánico de los principales actores del tercer sector, el Consejo de Ministros reformó la ley del mecenazgo el pasado mes de diciembre, introduciendo mejoras y nuevos conceptos de donación.
A partir de este año, tu solidaridad tiene más ventajas fiscales para que sigas impulsando la misión de IMANcorp FOUNDATION.
Las principales novedades que se incluyen son:
1. Se aumentan los porcentajes de deducción.
Para personas físicas, se eleva la base sobre la que se puede deducir el 80% de 150 a 250€ y para el resto, se aplicará el 40% en vez del 35%. Además, si es el tercer año que donas una cantidad similar a la misma entidad, la nueva ley premia el mecenazgo sostenido aumentando esta última deducción al 45%.
En el caso de las personas jurídicas, también aumentan del 35 al 40%, las deducciones en el impuesto de sociedades y en el caso de donaciones en tercer año consecutivo pasa al 50%.
Veamos algunos ejemplos.
Si hoy donas 250€, hacienda te devuelve en la declaración del año que viene, 200€, con lo que tu donación nos ayuda con la totalidad del importe donado y para ti solo representará una aportación final de 50€. En caso de donar 1000€ durante todo el año, se aplica el 80% al primer tramo de 250€ y al segundo, se le aplica el 40%, es decir, hacienda te devolverá 300€ de la donación realizada.
Tramo Desgravación Hacienda te devuelve
Primeros 250€ 80% 200€
De 250€ a 1.000€ 40% 300€
Total desgravado: 500€
2. Se reconoce e incluye en el concepto de donación fiscalmente deducible la cesión de uso de todo tipo de muebles e inmuebles.
3. Se amplía el concepto de convenio de colaboración incluyendo las aportaciones en especie incluida la prestación gratuita de servicios.
4. Se incluye el denominado mecenazgo de reconocimiento o recompensa que permite que el donante obtenga retornos simbólicos en forma de contraprestación de bienes o servicios, siempre que no representen más del 15% del valor de la donación con un tope máximo de 25.000 €.
5. Se amplían las modalidades de explotaciones económicas exentas, cuando sean desarrolladas por entidades sin ánimo de lucro, en las siguientes actividades: desarrollo e innovación, prestaciones de servicios de inserción sociolaboral de personas en riesgo de exclusión social y de enseñanza y formación profesional vinculadas a estudiantes de altas capacidades.
6.Se refuerza el automatismo por aplicar exenciones de tributos de competencia local a los bienes de entidades sin ánimo de lucro.
Un importante impulso para que hagas tu donación. Tu empresa podrá deducirse de la cuota íntegra del Impuesto de Sociedades un 40 % de las cantidades donadas a Imancorp Foundation. Y, si la legislación no cambia, si mantienes o incrementas la donación a Imancorp Foundation durante tres años, el tercer año, la deducción es ¡!del 50%!!